SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2516/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
i)
El recurrente a través de su abogado y apoderado, ratificó y reiteró su demanda y ampliándola señaló lo siguiente: i) Se encuentra indebidamente perseguido en mérito a la emisión del mandamiento de apremio emitido en su contra, así como indebidamente procesado por cuanto no es el representante legal de la empresa sobre la que pesa la obligación de cumplir con el pago de beneficios sociales; ii) En el proceso de referencia, inicialmente asumió la representación de “ASEA Ltda.”, pero posteriormente fue sustituido por otra persona. Es más por memorial de 12 de enero de 2008, se apersonó una nueva persona en calidad de representante legal, lo que demuestra que se encuentra ilegalmente procesado y perseguido; entonces no puede perseguirse a quien anteriormente era representante legal cuando en la actualidad existe otro; y, iii) Al no tener ninguna relación con la empresa obligada, se encuentra indebidamente procesado, por lo que debe ser excluido de dicho proceso, no pudiendo librarse en su contra mandamiento de apremio ni medidas precautorias como ha ocurrido, y mientras no exista una dilucidación de todos estos aspectos no puede ejecutarse ninguna media en su contra.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa
- ordenar la tutela
- III.3. Condiciones de validez para la restricción del derecho a la libertad en materia laboral
- III.4. La ejecución del mandamiento de apremio en materia laboral
- el representante o representantes legales que asumieron defensa por esa persona, salvo que en ejecución de sentencia se presente otro personero legal cuya personería sea aceptada o admitida por el Juez de la causa,
- Respecto en quién recae la obligación de demostrar dentro de un proceso social la existencia tanto de la persona jurídica (empresa o entidad de cualesquier naturaleza) como de su representante legal, contra quien se dirige la acción
- III.5. El caso en análisis
- fue rechazada por la autoridad judicial demandada,
- APROBAR