Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2523/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.5. El caso analizado
En la problemática planteada, el representado del accionante, fue beneficiado con la cesación de la detención preventiva, aplicándole medidas sustitutivas, sin embargo, ante el recurso de apelación incidental presentado por el Ministerio Público, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, revocó el Auto impugnado, ordenando su inmediata detención preventiva.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.4. El alcance del art. 398 del CPP y su limitación
- Fragmento 17
- III.5. El caso analizado
- pronunciándose sobre puntos no señalados en el recurso de apelación
- APROBAR