Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2523/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 30 de diciembre de 2008, cursante de fs. 47 a 48 vta., declaró procedente el recurso, por lo que concedió la tutela solicitada; bajo los fundamentos jurídicos siguientes:
En tal sentido, se concluye que la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, al declarar procedente el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.4. El alcance del art. 398 del CPP y su limitación
- Fragmento 17
- III.5. El caso analizado
- pronunciándose sobre puntos no señalados en el recurso de apelación
- APROBAR