SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2528/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2528/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

es imperante señalar que la interpretación de la ley y los criterios utilizados para este efecto, son elementos objetivos determinantes para evitar decisiones arbitrarias, siendo un requisito esencial para la legitimidad de las decisiones que el intérprete haga mención expresa del criterio o método utilizado, aspecto a partir del cual deberá desarrollarse la debida motivación,

En la especie, adquiere capital relevancia la interpretación al "bloque de legalidad" imperante en cuanto al régimen de prescripción para juicios de responsabilidades de altos dignatarios de Estado, en ese contexto, en principio, es imperante señalar que la interpretación de la ley y los criterios utilizados para este efecto, son elementos objetivos determinantes para evitar decisiones arbitrarias, siendo un requisito esencial para la legitimidad de las decisiones que el intérprete haga mención expresa del criterio o método utilizado, aspecto a partir del cual deberá desarrollarse la debida motivación, en tal sentido y con la finalidad de cumplir con esta exigencia, es imperante previamente realizar algunas consideraciones en relación a la interpretación de la legalidad ordinaria, tarea que será ejecutada infra.

En efecto, el ejercicio del control de constitucionalidad en relación a la interpretación de la legalidad ordinaria, hace que la Constitución y el bloque de constitucionalidad adquieran una verdadera validez material a través de una triple labor a saber: la interpretación, la aplicación y la integración de la norma en directa conexitud con preceptos, principios y valores de rango constitucional, en esta perspectiva, la interpretación en palabras del tratadista Zagrebelski, es "una actividad eminentemente práctica, en el sentido de que procede de casos prácticos y tiene como finalidad su resolución", en este contexto, la aplicación a situaciones reales de una disposición a la luz de la norma suprema y del orden jurídico vigente, hace necesaria su integración a través de la llamada "argumentación jurídica", que a su vez precisa de métodos y criterios de interpretación como elementos esenciales para el control objetivo de la razonabilidad de la decisión del intérprete. Por lo expuesto, es imperante señalar que entre los métodos de interpretación conocidos por la teoría jurídica, se encuentran verbigracia el gramatical, el teleológico, el funcional, el sistémico, el histórico o el sociológico entre otros. Ahora bien, la argumentación jurídica del presente fallo para la interpretación del "bloque de legalidad" imperante referente a la prescripción de la acción penal en relación a juicios de responsabilidades de altos dignatarios de Estado, utilizará dos criterios de interpretación esenciales: el exegético y sistémico; además, la interpretación realizada, se sujetará al principio denominado "de y conforme a la Constitución".