Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2530/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración a su derecho a la libertad, aduciendo que el Alcaide de la carceleta pública de Yacuiba, dio cumplimiento a un mandamiento de apremio con facultades de allanamiento caducado, expedido el 18 de enero de 2008, que sólo tenía vigencia de noventa y seis horas por mandato del art. 182 del CPP. Por consiguiente, en revisión, corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- procedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- III.2.
- SC 0102/2010-R
- Código de Familia
- La obligación de asistencia se cumple bajo apremio, con allanamiento en su caso del domicilio de la parte obligada
- Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar
- SC 1575/2004-R
- SC 0739/2006-R de 27 de julio
- Fragmento 15
- Aspectos doctrinales y legales
- convierte a las noventa y seis horas de vigencia en un impedimento para la ejecución del mandamiento y por ende para el pago de la asistencia familiar
- resguardar el equilibrio normativo y no dejar en incertidumbre al obligado
- III.5.Aplicación inmediata de la interpretación constitucional a los procesos en trámite
- Fragmento 20
- procesal y materialmente era de imposible cumplimiento en dicho plazo
- 2º