SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2530/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2530/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

procedente

El Juez de Partido de Familia y del Menor de la ciudad de Yacuiba del Distrito Judicial de Tarija, constituido en Juez de garantías mediante Resolución 58/08 de 25 de julio de 2008, cursante de fs. 24 vta. a 27 vta., declaró procedente el recurso y dispuso la inmediata libertad del recurrente, con la siguiente fundamentación: 1) El recurrente fue aprehendido en el interior de su domicilio particular con un mandamiento de apremio con la facultad de allanamiento caduco, ya que éste fue expedido el “03 de enero de 2007” y ejecutado a horas 7:00 del 22 de julio de 2008; 2) Conforme al art. 182 del CPP, el mandamiento de allanamiento tiene una vigencia máxima de noventa y seis horas después de las cuales caduca, además que en dicho mandamiento debió constar el domicilio o lugar a ser allanado; y, 3) El recurrido no actuó dolosamente, pero si negligentemente, pues no puede argumentar desconocimiento de la Ley y el hecho de que otras autoridades que conocieron el caso no hubieran hecho representación de caducidad del mandamiento, no libera de su responsabilidad al denunciado.