SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2530/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2530/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar

Por su parte el art. 70 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF), en cuanto al cumplimiento de la asistencia familiar, señala que: “Practicada la liquidación de la asistencia familiar, sea la provisional o la definitiva, si dentro de tercero día de intimado el pago no se hubiere hecho efectivo, el juez, a instancia de parte o de oficio y sin otra substanciación, dispondrá el embargo y la venta de los bienes del obligado en la medida necesaria para cubrir el importe de las pensiones devengadas todo sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley 1602 de 15 de diciembre de 1994” (las negrillas nos corresponden). Es decir, del apremio el obligado.