SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2559/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2559/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

Instrucción del Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, mediante nota 041/2008 de 1 de octubre

De donde resulta evidente que el proceso penal instaurado contra el representado del accionante y otros por el delito de hurto agravado, fue tramitado ante el Juez Primero de Instrucción cautelar del Distrito Judicial de Potosí, como también es cierto que posteriormente en mérito al cumplimiento de la Instrucción del Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, mediante nota 041/2008 de 1 de octubre, el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Tinguipaya dispuso la detención preventiva de Henry Buergo Sagardía, en audiencia pública de 27 de octubre de 2008, razón por la cual el accionante interpuso la presente acción alegando falta de competencia del Juez denunciado conforme a lo señalado por el art. 183 de la LOJabrg, que al respecto indica que en los casos de excusa, recusación u otro impedimento del juez, el proceso pasará a conocimiento del siguiente en número de la misma materia y por impedimento de todos a los de materia civil, etc.