SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2574/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2574/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.6.3. La actuación de los Vocales codemandados

Los vocales codemandados en lugar de reparar todas las ilegalidades señaladas, ante la apelación interpuesta por el menor representado, decidieron mediante Auto de Vista de 30 de julio de 2008, disponer la devolución del cuadernillo del proceso al Juzgado de origen determinando que la apelación verbal efectuada por el accionante contra la Resolución de 30 de mayo -que dispuso su detención preventiva- no tenía valor alguno por no estar previsto por ley; por ende no se abrió la competencia del Tribunal.

La referida Resolución resulta contraria a las normas del CNNA, ninguna de sus disposiciones exige que la ratificación del recurso de apelación sea en forma escrita; por el contrario, el recurso de apelación puede ser planteado en forma oral en la misma audiencia, siendo innecesario que posteriormente sea formalizado o fundamentado por escrito, en atención fundamentalmente a la naturaleza de la apelación de medidas cautelares, sustentada en los principios de oralidad e inmediación, no es atendible el criterio de los Vocales demandados de ratificar y fundamentar en forma escrita el recurso de apelación.