Sentencia: 1334/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1334/2010-R

Fecha: 01-Dic-2010

vencido el plazo…el juez o tribunal del proceso, de oficio o a petición de parte, declarará extinguida la acción penal

Sobre la base dichos razonamiento, el Tribunal Constitucional de Bolivia concluyó que las normas contenidas en el art. 133 y la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, en lo que respecta al plazo de finalización del proceso penal contenidos en dichos artículos,  sólo son conforme a  la Constitución Política del Estado derecho si se entiende que“… vencido el plazo…el juez o tribunal del proceso, de oficio o a petición de parte, declarará extinguida la acción penal, cuando la dilación del proceso más allá del plazo máximo establecido, sea atribuible al órgano judicial y/o, al Ministerio Público, bajo parámetros objetivos; no procediendo la extinción cuando la dilación del proceso sea atribuible a la conducta del imputado o procesado