Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2578/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
En audiencia, Alfonso Coca Echeverría, Decano de la Facultad de Derecho de la UAGRM y a nombre del Vice Decano de la misma Facultad, expresó que el recurrente cumplió con todos los requisitos establecidos en la Convocatoria Pública 321/2006 que lo habilita para ser docente adjunto de la UAGRM y que si bien cuenta con un título expedido por una universidad privada, el mismo no puede ser causa para que se rechace su postulación, con lo cual se estaría vulnerando su derecho a la igualdad por discriminación, por lo cual solicitó se conceda la tutela solicitada al recurrente.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- Gladys Aguilera
- , Andrés Coimbra,
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 18
- SC 0150/2010-R
- en cuanto a las subreglas de improcedencia del amparo constitucional
- III.3.
- excepción
- POR TANTO
- 2º