Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2578/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
POR TANTO
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en revisión, resuelve:
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- Gladys Aguilera
- , Andrés Coimbra,
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 18
- SC 0150/2010-R
- en cuanto a las subreglas de improcedencia del amparo constitucional
- III.3.
- excepción
- POR TANTO
- 2º