Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2582/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.6.
II.6. Mediante memorial de apersonamiento presentado el 2 de diciembre de 2008, por Viviana Alejandrina Aliendre Cuba donde pide se acepte su personería (fs.28). A través del poder notarial, especial y bastante que confiere la recurrente a favor de la abogada, para la tramitación del recurso de amparo constitucional (fs. 27 y vta.). Refiriendo que se apersona al proceso por el delicado estado de salud de la recurrente conforme se acredita del certificado médico adjunto (fs.26).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas demandadas y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “
- inamovilidad laboral
- El contrato de trabajo puede celebrarse en forma oral o escrita por tiempo indefinido
- madre y padre progenitores que trabajen en el sector público o privado
- Es un derecho inalienable de la persona que obliga al Estado en dos sentidos: su respeto y su protección.
- vivir bien”
- III.3. Excepción al carácter subsidiario del amparo constitucional cuando se trata de trabajadoras embarazadas
- SC 0530/2010-R
- embarazada
- no puede ser despedida en tanto el hijo o hija cumpla un año de edad;
- APROBAR