Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2582/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 169 de 5 de diciembre de 2008, cursante de fs. 32 a 33; pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Ruth Montaño Soto contra Ernesto Oliveira Arias e Ignacio Arias, Gerente y Jefe de Recursos Humanos respectivamente de la Empresa “Industrias D. Oliveira”, alegando la vulneración de sus derechos a la vida, a la salud, al trabajo y menciona “la seguridad jurídica”, sin citar norma jurídica constitucional alguna.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas demandadas y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “
- inamovilidad laboral
- El contrato de trabajo puede celebrarse en forma oral o escrita por tiempo indefinido
- madre y padre progenitores que trabajen en el sector público o privado
- Es un derecho inalienable de la persona que obliga al Estado en dos sentidos: su respeto y su protección.
- vivir bien”
- III.3. Excepción al carácter subsidiario del amparo constitucional cuando se trata de trabajadoras embarazadas
- SC 0530/2010-R
- embarazada
- no puede ser despedida en tanto el hijo o hija cumpla un año de edad;
- APROBAR