SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2591/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2591/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.8.

II.8.  No cursa en que con posterioridad a la dictación de este proveído, por el cual la Jueza recurrida se declara incompetente, la parte recurrente habría objetado, observado y menos recurrido dicha decisión, tan sólo cursa un memorial posterior por el cual solicita copias simples y legalizadas (fs. 21 y vta.), que demuestran el conocimiento por parte de la recurrente de este fallo, toda vez que en su memorial pide entre otras piezas procesales, copias de su memorial por el cual interpone incidente por actividad procesal defectuosa y la providencia (de rechazo) que mereció por parte de la autoridad.