SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2591/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2591/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, denuncia vulneración de los derechos de su representado a la “seguridad jurídica”, defensa y la garantía del debido proceso, por cuanto la Jueza recurrida al dictar la Resolución 738/2008 de 11 de junio, por la cual  autoriza la conversión de acciones, no cumplió los presupuestos necesarios para ello, toda vez que no concurrieron los requisitos que prevé el art. 26 del CPP; y que al haber presentado incidente de actividad procesal defectuosa contra dicha resolución, fue rechazado por la misma autoridad, agotando todos los medios ordinarios de impugnación de dicha determinación y que por ello no existe posibilidad de recurso alguno fuera del amparo constitucional. Por consiguiente, en revisión corresponde, analizar si lo aseverado es cierto y si da lugar o no a brindar la tutela solicitada.