Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2605/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.5.
II.5. El 1 de julio de 2005, el condenado Gabriel García Castillo, interpone apelación contra la Sentencia (fs. 100 a 101 y vta.). Por Auto de Vista de 19 de julio de 2006, la Sala Penal Primera declara improcedente la apelación y confirma la Sentencia (fs. 111). Recurrida de Casación, la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema por Auto Supremo 505, de 13 de noviembre de 2006, declaró Admisible el recurso (fs. 127 a 128) y posteriormente por Auto Supremo 130 de 15 de agosto de 2007 lo declara infundado (fs. 132 a 134).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- 1)
- a)
- improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y armonización de términos procesales
- accionante'
- III.2. La vigencia del principio de inmediatez en la interposición de la acción de amparo
- III.3. Respecto a la falta de competencia de la autoridad judicial demandada
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR