SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2605/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
recurso
En revisión la Resolución 001/2009 de 23 de enero, cursante de fs. 188 a 191 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Félix Vila Mirabal en representación de Edgar Parada Moreno contra Eloy Avendaño Menchaca y Juan Hugo Mejía Coca, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior; Lineth Elizabeth Tapia Patiño y Juan Luis Ledezma Miranda, Jueces Técnicos y Mirtha Clara Rivera Rocabado, Mario Valdivieso Rojas y José Walter Patiño Rojas, Jueces Ciudadanos del Tribunal Primero de Sentencia, alegando la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, debido proceso y propiedad privada citando al efecto los arts. 7 inc. a), 16.IV y 22.I de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- 1)
- a)
- improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y armonización de términos procesales
- accionante'
- III.2. La vigencia del principio de inmediatez en la interposición de la acción de amparo
- III.3. Respecto a la falta de competencia de la autoridad judicial demandada
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR