Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2607/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 5 de febrero de 2009, cursante de fs. 11 a 13, el recurrente manifiesta que, mediante memorial de 26 de diciembre de 2008, solicitó al Directorio y miembros de la Asociación de Técnicos en Refrigeración dejar sin efecto los Votos Resolutivos de fecha 14 de septiembre de 2007 y 5 de julio de 2008, por las que fue separado indefinidamente de la mencionada asociación, habiendo reiterado en varias ocasiones dicha solicitud; sin embargo, hasta la fecha no obtuvo respuesta alguna, siendo éste el único recurso que le queda, para que la justicia obligue a los recurridos responder su petición.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1.
- a
- conceder
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Marco Constitucional
- SC 0187/2010-R
- la persona o autoridad a quien se haya efectuado la solicitud o petición, esta impelida por mandato constitucional a brindar una respuesta
- no existe en antecedentes una respuesta positiva o negativa por parte de la Asociación demandada
- APROBAR