Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2607/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala la vulneración de su derecho a la petición, argumentado que no recibió respuesta a sus solicitudes de 26, 27, 29 y 31 de diciembre de 2008, en los cuales solicitó dejar sin efecto las resoluciones de 14 de septiembre de 2007 y 5 de julio de 2008, por las que se dispuso su separación indefinida de la Asociación de Técnicos en Refrigeración. Consiguientemente, en revisión del Tribunal de Garantías corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela impetrada
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1.
- a
- conceder
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Marco Constitucional
- SC 0187/2010-R
- la persona o autoridad a quien se haya efectuado la solicitud o petición, esta impelida por mandato constitucional a brindar una respuesta
- no existe en antecedentes una respuesta positiva o negativa por parte de la Asociación demandada
- APROBAR