SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2607/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2607/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.4.

II.4. Por memorial presentado el 26 de diciembre de 2008, con la intervención de Notario de Fe Pública, el recurrente solicitó a los recurridos dejar sin efecto los Votos Resolutivos de 14 de septiembre de 2007 y 5 de julio de 2008 (fs. 5 y vta.); al no tener respuesta alguna el 27, 29 y 31 de diciembre del mismo año, solicitó se resuelva la petición formulada el 26 de diciembre de ese año (fs. 6 a 8); por último, el 27 de enero de 2009, requirió fotocopias legalizadas del Voto Resolutivo de 5 de julio del 2008 (fs. 9); no existiendo en obrados respuesta alguna a estas solicitudes.