SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2614/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
falta de competencia que no emane de la Ley
Ahora bien, respecto a que las autoridades recurridas habrían obrado sin competencia al haber procedido a la revisión de los Títulos de Ejecución Tributaria que ya fueron registrados en el Acuerdo Transaccional, ello no puede ser dilucidado a través de la presente acción tutelar, por cuanto conforme se señaló en el F.J. III.3., esta vía no repara lesiones de derechos y garantías constitucionales alegadas de lesionadas que tengan relación con actos resultantes de una falta de competencia que no emane de la Ley, como la usurpación de funciones, el ejercicio de potestades administrativas no previstas por Ley o ante la emisión de resoluciones de autoridades que se encuentren suspendidas, toda vez que éstos pueden ser reparados a través del recurso directo de nulidad.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 18
- III.2. El recuso de amparo constitucional, ahora acción de amparo, está regida por el principio de subsidiariedad
- III.3.
- ahora acción de amparo, es un mecanismo de protección eficaz y pertinente para el resguardo del derecho al debido proceso en todos sus elementos incluido el juez natural, pero, solamente en sus elementos imparcialidad e independencia, en ese sentido, debe precisarse que la protección del tercer componente del juez natural; el referente a la competencia en cuanto a los supuestos de hecho antes descritos; es decir, usurpación de funciones que no estén mencionadas por ley, ejercicio de potestad administrativa que no emane de la ley, resoluciones judiciales emitidas en ejercicio de jurisdicción que no emane de la ley o pronunciadas por autoridad jurisdiccional suspendida en el ejercicio de sus funciones o que hubieren cesado en las mismas; se encuentran resguardados específicamente por el recurso directo de nulidad.
- III.4. Recursos administrativos ante la Superintendencia Tributaria
- Las resoluciones sancionatorias
- Fragmento 24
- falta de competencia que no emane de la Ley
- concedido
- REVOCAR