SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2651/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2651/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.4.

II.4.  Por escrito presentado el 29 de octubre de 2008, el Director Distrital de Educación, respondió al requerimiento fiscal de 23 de octubre del señalado año, indicando que su persona legalizaría sola y exclusivamente la documentación que cursa en originales en su despacho, previo el cumplimiento de las formalidades y la cancelación de los valores de ley; además, de que la interesada nunca se apersonó a pedir respuesta a su requerimiento (fs. 28); por memorial de 6 de noviembre de 2008, el Director Distrital de Educación, responde el requerimiento fiscal de 31 de octubre de 2008, indicando que no podrá legalizar copias simples de documentos que no han sido emitidos por su persona como Director Distrital de Educación; la interesada debe apersonarse ante la autoridad llamada por ley, ya que no es tenedor de los originales (fs. 29).