SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2651/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2651/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.5.

II.5.  Por memorial de 5 de noviembre de 2008, la recurrente solicitó al Fiscal, requiera al Director de la Unidad Educativa “Julio Crevaux” de la ciudad de Villamontes, a efectos de que dicha  autoridad extienda fotocopia legalizada de todos los recibos de los pagos que hizo Marcia Balderrama Añazgo a su favor; solicitud que fue requerida el 5 de noviembre de 2008; y respondida por Eliodoro Hidalgo García, mediante memorial de 7 de noviembre de 2008, indicando que en su oficina, no existe pagos “supuestos” realizados en dicha Dirección a su cargo, de lo contrario, la recurrente debe tener copia de dicho recibo con su firma y sello de la Dirección (fs. 30 a 32 vta.).