SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2660/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2660/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

concedió

La Sala Civil, Social, de Familia, de la Niñez y Adolescencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 21 de 21 de noviembre de 2008, cursante de fs. 178 a 179, por la que concedió el recurso con los siguientes fundamentos: i) La recurrente acreditó que el servicio de luz se encuentra pagado a la fecha, y a pesar de ello, los recurridos expresaron que hay mora en la cancelación por más de seis meses “…es sabido que en Cobija, no se corta el agua por falta de pago”(sic); respecto al tapiado del baño y el cierre del garaje, los recurridos no dijeron nada; ii) “Si el servicio de energía eléctrica está pagado y el servicio de agua no es cortado por falta de pago, se entiende entonces que fue cortado por los recurridos a raíz del conflicto que se tiene con la inquilina y anticresista, hechos totalmente ilegales, pues la transferencia de un inmueble no afecta a estos contratos…”(sic);y, 3) Existiendo otros procesos en los que se dilucidan la permanencia o no de los anticresistas, los mismos no pueden ser afectados con el corte de los servicios básicos de agua, luz, y baño, y tampoco se puede restringir el derecho al trabajo de la recurrente, toda vez que la tienda en anticrético es su fuente de ingresos.