Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2660/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.7.
II.7. Por impresiones de fotografías cursantes de fs. 152 a 156, se evidencia la construcción de un inmueble que se sostiene fue realizado con los dineros del anticrético ofertado; asimismo, se denota la existencia de un generador a motor para producir electricidad, arguyendo la recurrente que el mismo fue alquilado. De la misma forma, se constata que una persona se encuentra procediendo al corte del suministro del agua, como el tapiado de la puerta y ventana del baño.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 12
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- III.3.2.
- 'nadie puede hacerse justicia por sí mismo sin incurrir en las sanciones que la ley establece´”
- Fragmento 21
- III.4. Del caso concreto
- APROBAR