SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2693/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2693/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

Fragmento 18

Cabe referirse al marco de acción entre estos dos instrumentos legales, al momento de considerar su operatividad, al respecto la SC 0099/2010-R de 10 de mayo, en su Fundamento Jurídico III.6 dispuso que: “A partir de la reforma de 1994 a la Constitución de 1967, se crea en Bolivia la justicia constitucional a la cabeza del Tribunal Constitucional, como último y máximo garante de la Constitución y de los derechos fundamentales. En ese contexto y de acuerdo al criterio de interpretación constitucional de 'unidad constitucional', se establece que el control de constitucionalidad al margen de su rostro preventivo o reparador, tiene tres brazos operativos de control a saber: el primero referente al control normativo de constitucionalidad; el segundo vinculado al control reforzado de constitucionalidad, referente a la vigilancia y resguardo de derechos fundamentales y finalmente, el control competencial de constitucionalidad, a través del cual se protege la garantía de competencia frente a actos lesivos que puedan afectarla.