SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2715/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
a)
El abogado y apoderado ratificó y reiteró los fundamentos expuestos en su recurso de amparo constitucional. Además amplió los términos del mismo con los siguientes argumentos: a) Movimientos sociales denominados “Sin Techo” han estado presionando a la Alcaldía para suspender cualquier trámite de aprobación de planos de la zona sud de la ciudad de Oruro, concretamente en los terrenos de Arnoldo Ocampo Young, actitud que considera ilícita; en consecuencia, el haber suspendido el trámite de la urbanización “Santiago de Orocondo” perjudica y restringe el derecho a la propiedad privada que le asiste a su representado; y, b) Esta restricción al ejercicio del derecho a la propiedad privada así como el derecho a la petición ha extendido sus alcances también en vulnerar el debido proceso, la seguridad jurídica y la igualdad, en este sentido no solo se ha vulnerado el debido proceso en la vertiente referida al sometimiento de la autoridad a los márgenes del tiempo establecidos por ley, sino que se ha incidido en un quebrantamiento de la voluntad del Estado de proveer seguridad jurídica.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- procedente
- II.3.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- Fragmento 12
- III.3. Dogmática de la técnica del silencio administrativo
- a) Dar respuesta a peticiones administrativas en un plazo razonable; y b) Aperturar un control jurisdiccional ulterior.
- III.5. Sobre el derecho de petición
- ya sea exponiendo las razones por las cuales no se la acepta, o dando curso a la misma, con motivos sustentados legalmente o de manera razonable, sin que pueda tenerse por violado el derecho de petición, al darse una respuesta en forma motivada, pues el derecho de petición en su sentido esencial no implica necesariamente una respuesta positiva, sino una respuesta oportuna y emitida en el término legal, además de motivada”.
- Fragmento 17
- III.6. Análisis del caso concreto
- 1) Dar respuesta a peticiones administrativas en un plazo razonable; y, 2) Aperturar un control jurisdiccional ulterior.
- APROBAR