SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2725/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2725/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

4)

4) El Auto de Vista de 12 de marzo del 2008, no vulnera derecho alguno de los recurrentes. El Auto de 14 de marzo del 2006, en ejecución de sentencia por el aquo adquiere también firmeza, como reconoce la demanda de amparo constitucional. Por la firmeza de las resoluciones dictadas por el aquo, indicadas anteriormente, el Auto de Vista de 12 de marzo del 2008, dictada por la Sala que integran, que confirmó el Auto de 28 de abril del 2006, no puede dejarse sin efecto como pretende el recurrente.