SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2725/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución de 21 de noviembre de 2008, cursante de fs. 174 a 176, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Ángel Soliz Cartagena, Juan José Flores Allende y Rolando Rojas Torrico, en representación legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito para la Vivienda Comunal “ALALAY LTDA.” contra Renán Jiménez Sempértegui y María del Carmen Ponce de Rocha, Presidente y Vocal de la Sala Civil Segunda del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de la entidad a la que representan, a la seguridad jurídica, a la propiedad y al debido proceso, previstos por los arts. 7 incs. a) e i) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 4)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- concedió
- b)
- c)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- III.4. Análisis del caso
- concedido
- REVOCAR