Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2725/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
concedió
Concluida la audiencia, el Tribunal de garantías, concedió parcialmente la tutela, y dispuso la nulidad del Auto de Vista de 12 de marzo del 2008, debiendo los Vocales recurridos dictar nueva resolución resolviendo en el fondo la apelación planteada, y sea sin esperar turno, sin costas. Basándose en los siguientes argumentos:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 4)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- concedió
- b)
- c)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- III.4. Análisis del caso
- concedido
- REVOCAR