SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2727/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2727/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.5.

II.5.  El 19 de diciembre de 2008, mediante cite 449/2008, el Director a.i. Departamental de la Superintendencia Forestal de Pando, comunicó al Comandante del Comando Conjunto Cobija que al haberse dispuesto la liberación de los medios de perpetración decomisados provisionalmente, corresponde se proceda a su devolución a cuyo efecto deberá realizarse la respectiva acta con la intervención de funcionarios de la Superintendencia Forestal (fs. 47).