SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2735/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2735/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

I.2.2. Informe de las  autoridades recurridas

El recurrido Conjuez de la Corte Suprema de Justicia, Willam Caba Figueroa, en audiencia, manifestó que, el presente recurso debió haber sido rechazado in límine, y criticó la falta de lealtad de la parte recurrente, toda vez que el Tribunal del juicio de responsabilidades está compuesto por doce miembros, habiendo la parte recurrente, dirigido el recurso únicamente contra diez de los componentes del mismo,  al haber omitido  adjuntar la audiencia realizada el 21 de enero de 2008, ha presentando únicamente el acta de la audiencia de 22 del mismo mes y año, evidenciándose que no fueron demandados los Ministros Hugo Suárez Calvimontes y Teófilo Tarquino Mújica, constituyendo esta omisión un impedimento insubsanable que no permite al Tribunal de garantías ingresar a analizar el fondo del recurso en que se pronunció la Resolución. Asimismo, también se omitió, notificar con la presente acción tutelar, a la Prefectura del departamento de Tarija, como tercera interesada, solicitando se declare improcedente el recurso.