SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2747/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2747/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

1)

El abogado patrocinante de los terceros interesados manifestó que: 1) El amparo constitucional, fue interpuesto fuera del plazo legal, porque el acto vulneratorio se habría producido el 1 de agosto de 2008 y el plazo perentorio para presentar el recurso es de seis meses; y, 2) El recurrente, presentó excepciones de prejudicialidad en distintas oportunidades y si nuevamente desea presentar excepciones, el proceso penal le abre una nueva posibilidad, una vez que se instale el juicio; por tanto, el amparo no es subsidiario.