SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2747/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2747/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 5 de febrero de 2009, cursante de fs. 134 a 140 vta., el recurrente, por la firma comercial MANHATTAN SHIRT BOLIVIA S.A., manifiesta que como emergencia de un proceso administrativo de compensación por expropiación de terrenos, de propiedad de la empresa a la que representa, el Gobierno Municipal de La Paz, mediante Resolución Municipal 299/97 de 11 de diciembre de 1997, dispuso la compensación con terrenos de propiedad del Gobierno Municipal de La Paz a favor de la empresa, por lo que hicieron la transferencia de dos lotes de terreno mediante escritura pública e inscritas en Derechos Reales (DD.RR.), constituyéndose en verdaderos y perfectos títulos de derecho de propiedad.

La empresa MANHATTAN SHIRT BOLIVIA S.A., en ejercicio de su derecho propietario, transfirió a título de compra venta un bien inmueble a favor de Hugo Alberto Moborec Clavijo y Elizabeth Saravia Portugal, misma que fue inscrita en DD.RR., consolidándose a favor de los adquirientes el derecho propietario; empero, el Gobierno Municipal de La Paz, dictó la Ordenanza Municipal (OM) 158/2002 y la Resolución Municipal 0077/2003 de 20 de marzo, abrogando ilegalmente las Resoluciones que dispusieron la compensación a favor de MANHATTAN SHIRT BOLIVIA S.A.; en virtud a ello y agotada la vía administrativa, se inició demanda contenciosa administrativa, que fue declarada improbada, mediante Resolución 010/2007 de 27 de febrero, por lo que al haberse vulnerado sus derechos y garantías constitucionales, se interpuso recurso de amparo constitucional en contra de los Vocales y Conjueces que dictaron la referida Resolución, obteniendo la tutela mediante Sentencia 246/2007 de 12 de septiembre, disponiendo que los recurridos dicten nueva sentencia; no obstante, incumpliendo lo dispuesto, emitieron  la Sentencia 29/2007 de 9 de noviembre, declarando nuevamente improbada la demanda contenciosa administrativa.

Indica que en el ínterin suscitado entre la tramitación de la impugnación de las Resoluciones Municipales abrogatorias; en la vía administrativa, Hugo Alberto Mobarec Clavijo, se encargó de promover una acción penal en contra de su persona, como representante legal de la empresa MANHATTAN SHIRT BOLIVIA S.A., por la supuesta comisión de los delitos de estafa y estelionato, donde el Ministerio Público le imputó formalmente, para posteriormente presentar acusación ante el Tribunal Primero de Sentencia, por lo que interpuso la excepción previa de prejudicialidad, declarada probada por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, incluso confirmada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior, a través de la Resolución 131/04 de 8 de marzo de 2004.

Finalmente, expresa que el Gobierno Municipal de La Paz, el 6 de marzo de 2006, formuló proceso civil ordinario en contra suya, como representante de MANHATTAN SHIRT BOLIVIA S.A. y Hugo  Alberto Mobarec Clavijo, ante el Juez Séptimo de Partido en lo Civil, demandando la nulidad de escrituras públicas que acreditan el derecho propietario; por lo que, ante un nuevo atentado contra sus derechos, interpuso excepción de prejudicialidad; sin embargo, dicha cuestión fue injustamente declarada improbada por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, mediante la Resolución 187 “B”/2008 de 22 de abril, misma que al ser apelada fue confirmada mediante Resolución 164/2008 de 1 de agosto, porque según la doctrina del derecho procesal, no se reconoce excepción sobreviniente y el proceso civil, no daría los elementos constitutivos de los tipos penales de estafa y estelionato.