Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2752/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo expuesto, plantea recurso de amparo constitucional contra José Luis Baptista Morales y Héctor Sandoval Parada, Ministros de la Corte Suprema de Justicia, solicitando la nulidad del Auto Supremo 193 de 21 de julio de 2008 y se dicte una nueva resolución, conforme a la doctrina establecida en la sentencia constitucional a pronunciarse.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- Fragmento 17
- III.3. Requisitos de contenido para la procedencia de la acción de amparo constitucional.
- caso contrario se mantendrá el rechazo, y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
- Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento
- es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- III.4. Análisis del caso
- REVOCAR