Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2753/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.6.
II.6. Por Auto administrativo AU-ISC-012-2008, el Responsable de la Unidad Operativa de Bosque Integrada, Heriberto Larrea García, resolvió iniciar proceso administrativo sancionador contra el Aserradero Barraca y Carpintería “Las Brechas” por almacenamiento ilegal, abriendo un periodo de prueba de quince días hábiles; asimismo, se dispuso la devolución del camión porque “al momento de la intervención se encontraba transportando producto forestal con CF02 66197 en el cual se consigna de manera correcta los datos del medio de transporte, la ruta a utilizar y el destinatario del producto”, cursando a fs. 51 la notificación a la empresa, el 24 de enero de 2008.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. El carácter subsidiario de esta acción y la excepción al mismo
- Asímismo, se vulneró el derecho a la propiedad reconocido por el art. 56 de la CPE que señala: “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada
- APROBAR