Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2790/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
El recurso de amparo constitucional está dirigido contra Pastor Ismael Molina Quintana, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Potosí, solicitando se conceda la tutela y se deje sin efecto el Auto de Vista 17/2008 de 17 de octubre, disponiendo que, el recurrido emita otro conforme a lo dispuesto por el art. 149 y ss del CPC.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Análisis sobre las exigencias legales de las notificaciones en primera instancia
- III.4. Caso analizado
- conceder
- APROBAR