Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2790/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
recurso
En revisión la Resolución 04/2009 de 6 de febrero, cursante de fs. 94 a 97 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por David Isaías Taboada Velásquez contra Pastor Ismael Molina Quintana, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de su derecho a la “seguridad jurídica” citando al efecto el art. 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Análisis sobre las exigencias legales de las notificaciones en primera instancia
- III.4. Caso analizado
- conceder
- APROBAR