Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2811/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
2)
2) Se declare la nulidad del Auto de Vista emitido por los Vocales recurridos, al carecer de fundamentación y motivación de los argumentos de expresión de agravios ordenándose emitan un nuevo auto de vista debidamente fundamentado y motivado en merito a los límites de su competencia basados en la expresión de agravios del recurso de apelación.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 2)
- b)
- 1)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- siempre que no hubiere otro medio o recurso para la protección inmediata de los derechos y garantías
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- “…cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico-
- APROBAR