Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2811/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
recurso
En revisión la Resolución de 4 de febrero de 2009, cursante de fs. 132 a 135 y vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Reynaldo Enrique Bernales Muñoz contra Renan Jiménez Sempértegui y María del Carmen Ponce de Rocha, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del referido Distrito Judicial, alegando la vulneración de su derecho a la defensa y a la garantía del debido proceso, citando al efecto el art. 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 2)
- b)
- 1)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- siempre que no hubiere otro medio o recurso para la protección inmediata de los derechos y garantías
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- “…cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico-
- APROBAR