SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2811/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso ejecutivo, seguido por el BNB S.A. contra la empresa unipersonal IDEAL IMPORTACIONES de propiedad de Simón Antonio Bernales Muñoz, Yolanda Muñoz Fernández Vda. de Bernales, Reynaldo Enrique Bernales Muñoz, Felipe Norman Bernales Muñoz y María Concepción Bernales de Chávez como garantes hipotecarios, ante el Juzgado Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba; se dictó Sentencia de 7 de marzo de 2007, que declaró probada la demanda ejecutiva e improbadas la excepciones opuestas por los ejecutados, la que fue recurrida de apelación por los ejecutados garantes hipotecarios mediante memorial de 26 de ese mes y año, recurrió también de alzada Simón Antonio Bernales Muñoz por la empresa IDEAL IMPORTACIONES mediante memorial de 2 de abril de 2007, recursos que fueron concedidos por Auto de 2 de mayo de 2007 y resuelto por Auto de Vista 16 de octubre de 2008 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del referido Distrito Judicial, confirmando la Sentencia apelada (fs. 2 a 4, 11, 15 a 16, 21, 26 y 1).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 2)
- b)
- 1)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- siempre que no hubiere otro medio o recurso para la protección inmediata de los derechos y garantías
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- “…cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico-
- APROBAR