Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2831/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.11.
II.11. Según nota JPHG-494/08 de 26 de agosto de 2008, el Jefe de Personal del Hospital Guaracachi de la CPS, remitió al Director y al Administrador, certificado de maternidad de Shirley Andrea Ardaya Suárez, con diagnóstico de gestación de veintiuno a veintidós semanas, para el correspondiente pago del subsidio pre natal (fs. 27 y 28).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
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- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Procedencia excepcional y extraordinaria de la acción de amparo constitucional para los casos de la mujer embarazada
- III.4. Protección a la vida del no nacido
- III.5. Protección de la mujer trabajadora embarazada y de su hijo
- III.6. Sobre los contratos a plazo fijo de la mujer embarazada
- III.7. El contrato de trabajo y la relación de trabajo
- III.8. Análisis del caso concreto
- APROBAR