SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2831/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2831/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente alega que la autoridad recurrida vulneró sus derechos a la vida, a la seguridad, al trabajo, a la seguridad social, a la maternidad, a la estabilidad laboral como mujer embarazada y a la protección primaria del niño, puesto que pese a haber desempeñado sus funciones de forma eventual realizando suplencias y/o reemplazos de vacaciones, licencias y bajas médicas del personal de la CPS Regional Santa Cruz desde junio de 2002, y de manera ininterrumpida a partir del 18 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008; luego suscribió dos contratos consecutivos a plazo fijo, el primero por ochenta y nueve días y el segundo por seis meses; un mes antes del cumplimiento del segundo contrato le pasaron un preaviso de retiro, advirtiéndole que a partir del 1 de enero de 2009, prescindirían de sus servicios por cumplimiento del segundo contrato a plazo fijo, sin tomar en cuenta su estado de gravidez, el que era de conocimiento de la institución desde agosto de 2008, prueba de ello es que se encontraba gozando de los beneficios de lactancia y baja médica. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.