AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2010-CDP
Fecha: 25-Mar-2010
I. 1.
I. 1. Por memorial presentado el 23 de noviembre de 2007, el recurrente solicitó la reparación de daños y perjuicios ocasionados por su detención ilegal, mismos que señala implican daño psicológico y moral al haber sido tratado igual que un vulgar delincuente, un perjuicio profesional pues se vio estigmatizado como Fiscal de Distrito, ya que debido al hecho ilegal en su contra no puede conseguir trabajo pese a su alto desenvolvimiento profesional, indicando también que la violencia moral no sólo existió en contra suya, sino también en hacia su familia; por otra parte, refiere que el monto a cancelarse por servicios profesionales a sus tres abogados asciende a Bs12 000.- (doce mil bolivianos). De acuerdo a lo expuesto solicitó apertura de plazo de prueba y se califiquen los daños y perjuicios ocasionados en su contra en la suma de $us30 000.- (treinta mil dólares americanos), adjuntando además prueba de recortes de periódico de 30 y 31 de marzo de 2006, el legajo referente al recurso de hábeas corpus e informes médicos psiquiátricos (fs.147 a 149).