AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2010-RCA

Fecha: 13-Abr-2010

la eficacia e inmediatez

En cuanto al argumento de la excepción a la regla de la subsidiariedad, ésta se da: "…cuando, existiendo los medios y recursos a los que el o la interesada podrían acudir previamente a la interposición de este recurso constitucional, tales medios no les aseguren la eficacia e inmediatez que el caso requiere frente a un inminente e irreparable daño; sin embargo, es necesario que la parte recurrente demuestre en forma fehaciente e indubitable la inminencia de ese eventual daño irreparable…" (SC 1031/2005-R). Entendimiento ratificado por la SC 1950/2004-R, que agregó que: "…los recurrentes deben presentar las pruebas que demuestren que los actos que denuncian como ilegales les causarán daño irreparable que no podrá ser subsanado por otros medios o recursos ordinarios…".