Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2010-R
Fecha: 19-Abr-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Ante la falta de quórum en el Tribunal Constitucional, debido a la dimisión de sus Magistrados, se produjo una paralización en la resolución de causas; no obstante de ello, y en virtud a la reciente designación de nuevas autoridades en este órgano de control de constitucionalidad, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 08 de marzo, se dispuso el reinicio de los cómputos, siendo por ello la nueva fecha de vencimiento para dictar sentencia dentro de la presente causa el 20 de abril de 2010, por lo que esta Resolución es emitida dentro del término previsto por ley.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 14
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la constitución en el tiempo
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Doctrina constitucional sobre procesamiento ilegal y hábeas corpus
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR,