SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2010-R
Fecha: 20-Abr-2010
II.1
II.1. Por memorial presentado de 27 de julio de 2007, el Sindicato de Obras Públicas Municipales representado por Julián Rocha Gonzáles y Ángel Hugo Nogales Gómez, solicitaron auxilio judicial para la ejecución del laudo arbitral por ante el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Cochabamba, acción que se presentó contra el Alcalde Municipal de Cochabamba, Gabriel Gonzalo Terceros Rojas, para que de cumplimiento al Laudo Arbitral de 29 de mayo de ese año, (fs. 34 a 36 vta.; 143 a 149 vlta.) Laudo que en sus partes más importantes menciona, que el referido Municipal se ha sometido libre y voluntariamente a los procesos de conciliación y arbitraje, y participo quedando sujeto a las resultas del laudo arbitral en el que además participó de su propio árbitro con plenitud y competencia.
Asimismo, el Laudo señala que por más que hubieran existido convenios al interior entre trabajadores y empleadores, en el sentido de renunciar a ciertos derechos laborales; cuando se atenta contra derechos sociales adquiridos e irrenunciables, en aplicación del art. 162.II de la CPEabrg, concordante con el art. 4 de la LGT, estos acuerdos quedan nulos de pleno derecho.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- Fragmento 16
- accionante
- sentencia arbitral
- verdaderas sentencias
- de conformidad al Capítulo III
- III.5. El caso concreto
- de protección de las trabajadoras y de los trabajadores
- REVOCAR