Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0052/2010-R
Fecha: 27-Abr-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Se interpone hábeas corpus contra Ángel Oscar Villarroel Díaz y Juan Marcos Terrazas Rojas, Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior; Hugo Raúl Montero Lara y Cecilia Luisa Ayllón Quinteros, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia, todos del Distrito Judicial de Cochabamba, pidiendo declaren procedente el recurso y que los recurridos ordenen se notifique al recurrente personalmente, a objeto de que pueda ejercer su derecho subjetivo procesal de recurrir el Auto de Vista, a tal efecto, se anule todo lo obrado desde “fs. 645” adelante.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Doctrina constitucional sobre procesamiento ilegal y hábeas corpus
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- III.5.1. Sobre los recursos y mecanismos previstos en la jurisdicción ordinaria
- APROBAR