Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0052/2010-R
Fecha: 27-Abr-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El caso de autos fue sorteado el 10 de diciembre de 2007; sin embargo, ante la falta de quórum en el Tribunal Constitucional debido a la dimisión de sus Magistrados, se produjo una paralización en la resolución de causas. A la fecha, en virtud a la reciente designación de nuevas autoridades en este órgano de control de constitucionalidad, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se dispuso la nulidad de dicho sorteo y la realización de uno nuevo, habiéndose procedido a tal actuado procesal el 29 de marzo de 2010, con nueva fecha de vencimiento el 27 de abril de 2010, por lo que esta Resolución es emitida dentro del término previsto por ley.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Doctrina constitucional sobre procesamiento ilegal y hábeas corpus
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- III.5.1. Sobre los recursos y mecanismos previstos en la jurisdicción ordinaria
- APROBAR